DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano JESÚS GABRIEL AGUILERA, venezolano, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.651.556, fecha de nacimiento 26/06/1957, de 53 años de edad, de profesión u oficio del hogar, hijo de Jerónimo Longart y Elocadia Alarcón, y domiciliado en El Paujil, calle Principal, casa S/N, cerca del Mercal, Municipio Mariño del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en el único aparte del artículo 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en relación con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas.....