Visto las actuaciones que conforman la presente causa seguida al penado ERICK LUIS AVILES BASTARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.- 15.361.268, nacido el 22-06-81 y residenciado en las Delicias, Sector el Rincón, Segunda Calle, cerca de la plaza, en la Bodega La Colmena, Cumaná, Estado Sucre; a quien este Juzgado por incumplimiento de las condiciones impuestas habiéndosele otorgado al Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena y se involucró en nuevo delito, se le revoco el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, que se le otorgara en fecha 31 de enero del 2006, librándose a tal efecto Orden de Aprehensión en su contra; orden de aprehensión esta que fue ejecutada en fecha 14 de Agosto de 2010; sobre la base de los antes expuesto este Tribunal observa: