decreta Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad en contra del adolescente xxxxxx; por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de VIOLACIÓN, previsto en el artículo 374 ordinal 1° del Código Penal en perjuicio de xxxxxxxx. De conformidad con lo previsto en los literales "C", "D" y "F" del artículo 582 de la LOPNNA, consistentes en: Presentarse casa 08 días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; Prohibición de salida de la ciudad de Cumaná y Prohibición de acercarse a la víctima. Se ordena la remisión de las actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, adjunto a oficio, para que continúe la investigación, conforme al procedimiento ordinario. La presente decisión tiene su fundamento legal en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 557, 559, 582 y 628 de la LOPNNA. Se ordena al funcionario encargado por el Jefe de la División de los Servicios Judiciales, para incluir las decisi.....