EN CONSECUENCIA ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, EXTENSIÓN CARÚPANO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: RESUELVE: PRIMERO: se admite la acusación presentada por el Ministerio Público en contra del acusado OMISSIS, en todas y cada una de las partes y los medios de pruebas ofrecidos por la representante del Ministerio Público, en las cuales se adhiere la defensora Pública de conformidad con el literal A del articulo 578 y E del Articulo 579 ambos de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. SEGUNDO: Se ordena el enjuiciamiento del adolescente: OMISSIS, por estar presuntamente incurso en el delito de: OCULTAMIENTO de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el articulo 31 de la ley Orgánica Contra el Trafico ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de La COLECTIVIDAD. .....