Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, al analizar las actas que componen la presente causa, se puede evidenciar lo siguiente: Se efectuó la audiencia de presentación de los imputados en fecha 17 de septiembre de 2005, en la cual se decretó la privación de la libertad de los imputados de autos y una vez que se confirme la privación de la libertad de los imputados, en la referida audiencia, debe el Fiscal presentar su acusación formal en un lapso de treinta (30) días. En fecha 26 de octubre de 2005, se realizó Audiencia Oral de Prorroga y se escuchó al imputado y su defensor y se le acordó a la Fiscalía del Ministerio Público la prorroga solicitada de 15 días, contados desde el día siguiente de la fecha de vencimiento de los treinta (30) días que le confiere el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, desde el día 18 de octubre de 2005, es decir, que hasta el 01-11-05, tenía la Fiscalía del Ministerio Púb.....