"CONCEDE" de conformidad con lo dispuesto en el artículos 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, el Beneficio de "DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO", al penado HECTOR JOSÉ MATA titular de la cédula de identidad número penado16. 313.718 por estimar que reúne los extremos de Ley, exigidos en el mismo artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario Vigente, y a quien le falta por cumplir de la pena que se le impusiera por el Delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en Código Penal de faltándole por cumplir la pena de Cinco (05) años, Tres (03) meses y Diecinueve (19) días de presidio, que se cumplen en fecha 23/02/2011, el Beneficio se OTORGA, para el Centro de Tratamiento Comunitario “DIEGO BAUTISTA URBANEJA”, ubicado en Barcelona Estado Anzoátegui, El Director del Internado deberá trasladar al penado .....