Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL de la presente causa signada con el Nº MP- MP-284941-2015, nomenclatura interna del despacho fiscal, seguido en contra del Adolescente OMISSIS, en la investigación relacionada con la presunta comisión del delito de Amenaza, tipificado en el artículo 41 de la Ley Organica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la adolescente OMISSIS, de conformidad con lo establecido en el articulo 555 en relación con lo establecido en el artículo 561 Literal "E" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes y el articulo 300 ordinal 4 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños .....