Este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, en la presente causa que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES interpuso, MANUEL AUGUSTO RIVAS CALVO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No 14.009.484, contra JOSE LUIS LABARCA RODRIGUEZ y SERVICIO DE VIGUILANCIA INTEGRAL C.A (SERVINTECA).
Se le advierte a las partes que, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la norma del artículo 151 eiusdem, que contra esta decisión podrán apelar en ambos efectos, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, vencido como sean el lapso de los 5 días hábiles para su publicación, dejándose constancia que la presente decisión se publica con cuatro (04) días de antelación, y una vez vencidos estos comenzará a computarse el lapso para la interposición del recurso correspondiente.
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