Vencido el lapso concedido y no habiendo impedimento para dar inicio al presente acto el Tribunal declara Judicialmente Secuestrado el bien mueble antes identificado, haciendo entrega del mismo al Depositario Judicial designado por el Tribunal de la Causa, ciudadano: William José Marín, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 10.223.405;