éste Tribunal Segundo de Ejecución Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Vistos y llenos los extremos exigidos en los artículo 493, 494 del Código Orgánico Procesal penal, DECRETA EL BENEFICIO DE SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENAL al penado ADRAIN JOSE CENTENO, quien es Venezolano, mayor de edad, tirular de la Cédula de Identidad N ° 17.956.446,