Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado: REYDY JOSÉ GAMEZ RIVERA, venezolano, de 31 años de edad, nacido en fecha 19-03-1982, titular de Cédula de Identidad N° 17.957.794, de profesión u oficio: comerciante, hijo de Gema Rivera y Julio Gámez, y domiciliado en: La Urbanización Guayacán de las Flores, vereda 55, casa Nº 7, Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre; en virtud de encontarlo incurso en la comision de los delitos de Posesión Ilícita de Estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas y por el Delito de Ocultamiento de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, consistente en presentaciones cada 15 días por ante la Unidad de Alguacilazgo de es.....