Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito Protección del Niño, Niñas, Adolescentes y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la tacha de falsedad por vía incidental de documento publico, propuesta por el ciudadano ROBERT JESÚS REYES HENRÍQUEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 15.112.231 debidamente asistido por el abogado JOSE IGNACIO GARCIA (I.P.S.A Nro. 71.605), contra el documento cursante a los folios treinta y tres (33) y treinta y seis (36) del expediente principal, contentivo de las declaraciones realizadas por el alguacil y secretaria del Tribunal ad quo.
SEGUNDO: En consecuencia del punto anterior, el documento cursante al folio treinta y tres (33) del expediente principal, contentivo de la declaración realizada por el alguacil del Tribunal a.....