DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano LUIS ENRIQUE ROA GONZALEZ, venezolano, Natural de Caracas, de 20 años de edad, nacido en fecha 30-01-1.994, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.171.549, de profesión u oficio mototaxista, hijo de Eulogio roa y Isabel González, y residenciado en: Antemano, calle la cumbre, Sector Nueva Esparta, casa S/N, cerca de "la Iglesia de Antemano", Caracas Distrito Capital, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, por cuanto de las actuaciones se evidencian que esta comprobado que el motivo de la solicitud fiscal y esta ajustada a derecho, por la insuficiencia de elementos de convicción contra del imputado; de conformidad con el artículo 318 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal.