Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado ELOY JOSÉ RENGEL OTERO, actuando en su carácter de Defensor Privado de los imputados YESENIA DEL VALLE PATIÑO y EDGAR JOSÉ MILLÁN GUTIÉRREZ, contra Sentencia Definitiva dictada en fecha 25 de Abril de 2011, por el Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, mediante la cual CONDENÓ a los ciudadanos antes mencionados a cumplir la pena de DIECISIETE (17) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, en perjuicio de VICTOR DANIEL HERNÁNDEZ SALAYA y YUBISILDA JOSEFINA HERNÁNDEZ SALAYA.. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia recurrida.