Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso, y establece como condiciones a cumplir por el ciudadano Leomar Bernardo Sosa Lara, Leomar Bernardo Sosa Lara, venezolano, de 29 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 13.293.550