este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Decreta de conformidad con lo establecido en el Articulo 318 Ordinal Segundo del Código Orgánico Procesal penal, El Sobreseimiento en el presente asunto y en consecuencia la Libertad sin Restricciones del ciudadano: Ericht Enrique Salas, venezolano, Natural del Estado Barinas, de 20 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 18.586.311, nacido en fecha: 25-05-86, soltero, de profesión u oficio: Obrero, hijo de: Carmen Salas y Javier Caraballo y residenciado en: calle el Níspero Numero 11, Tacoa Municipio Bermúdez del estado Sucre; Líbrese boleta de libertad, junto con oficio al Comandante de Policía de esta ciudad. Así se decide. Cúmplase.
Abogado: Ramón J. Ponce
Juez segundo de Control
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