REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÒN CARÙPANO
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
Carúpano, 04 de agosto de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2006-002249
ASUNTO: RP11-P-2006-002249

RESOLUCION MEDIANTE LA CUAL SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO.


Concluido el desarrollo de la presente audiencia de presentación de imputado, donde la Fiscal Segunda del Ministerio Público, Abogada: Cristina Mijares, pone a la orden de este Tribunal, al ciudadano: Ericht Enrique Salas, por la presunta comisión del delito de Violencia Privada (amenaza), previsto en el artículo 175, en su ultimo aparte del Código Penal, oída la exposición Fiscal, en la cual solicita La Libertad Plena para el imputado oído como ha sido la declaración en la cual se acoge al precepto constitucional de no declarar, por todos los motivos señalados anteriormente este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Decreta de conformidad con lo establecido en el Articulo 318 Ordinal Segundo del Código Orgánico Procesal penal, El Sobreseimiento en el presente asunto y en consecuencia la Libertad sin Restricciones del ciudadano: Ericht Enrique Salas, venezolano, Natural del Estado Barinas, de 20 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 18.586.311, nacido en fecha: 25-05-86, soltero, de profesión u oficio: Obrero, hijo de: Carmen Salas y Javier Caraballo y residenciado en: calle el Níspero Numero 11, Tacoa Municipio Bermúdez del estado Sucre; Líbrese boleta de libertad, junto con oficio al Comandante de Policía de esta ciudad. Así se decide. Cúmplase.


Abogado: Ramón J. Ponce

Juez segundo de Control
Abogada: Roraima Ortiz

Secretaria