En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: CARBOZA JOSE MANUEL Y TORRES BEATRIZ MARIBEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 7.057.207 y V-9.452.018, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio ciudadano: JAIRO LUIS ACOSTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°155.436 y de este domicilio, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura de la Parroquia Santa Rosa, Municipio Bermúdez del estado Sucre, en fecha treinta (30) de Noviembre del año Mil Novecientos.....