DECRETA la Libertad sin restricciones, a favor del adolescente xxxxxxx; por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el artículo 218 del Código Penal vigente, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Se decreta la aprehensión del adolescente en flagrancia. Igualmente se ordena oficiar a la Fiscalía Superior del Estado Sucre, remitiéndole copia certificada de las presentes actuaciones a los fines que inicie investigación contra los funcionarios aprehensores para determinar si están incursos en ilícito contemplado en el articulo 253 de la LOPNNA. Se acuerda la libertad del adolescente desde la sala de audiencias, dejándose constancia que se retira en buenas condiciones físicas. Se ordena la remisión de las actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público para que continúe la investigación conforme al procedimiento ordinario. La presente decisión tiene su fundamento legal en el artículo 557, 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Ad.....