Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto este Tribunal del Municipio Andrés Mata, Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la Demanda de REVISIÓN DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, incoada por el ciudadano CASTO HENRY MARCANO DÍAZ, donde aparece como beneficiario el niño CASTO HENRY JOSÉ MARCANO SALAZAR, habido con la ciudadana ADIS DEL CARMEN SALAZAR.