por lo que lo procedente es decretar la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES del adolescente XXXXXXXXX Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control de la Sección Penal de Adolescente del Circuito Judicial del Estado Sucre, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; acuerda la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES al adolescenteXXXXXXXXX La presente decisión tiene su fundamento legal en base a lo establecido en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela así como el artículo 8 de la LOPNNA. En cuanto a lo solicitado por la defensa pública, en el sentido que de conformidad con el artículo 301 inste al Ministerio Público decrete la desestimación de la causa con respecto al delito de Ocultamiento de Arma de Fuego, porque el hecho no reviste carácter penal, toda vez que el arma de fuego de cañón de anima lisa, no es considerado arma de fuego de conformidad con la Ley de Arma y Explosivos, este Tribunal insta al .....