éste Tribunal Primero de Control sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se acuerda decretar la Cesación de las medidas cautelares contenidas en los literales B y C del Artículo 582 de la LOPNA al adolescente: xxxxxx, a quien se le inició la presente investigación por su presunta participación en uno de los delitos CONTRA LA SEGURIDAD Y MEDIOS DE TRANSPORTE y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO.