Este Tribunal Primero Superior del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial del Tercero Interviniente recurrente, en contra de la decisión de fecha 19/07/2012, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre. SEGUNDO: REMÍTASE la presente causa en su oportunidad legal al Juzgado de origen.
PUBLÍQUESE - REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumaná, a los cuatro (4) días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017), Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
LA JUEZA
Abga. MIRTHA ELENA PALOMO