este Tribunal decreta MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un inmueble propiedad de la comunidad conyugal constituido por un Apartamento ubicado en el nivel tercero (3°) de las RESIDENCIAS RIOMAR, identificado con la nomenclatura 03-01, Tipo A, sito en la Calle Principal de San Lorenzo. Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, el cual tiene un área de NOVENTA Y UN METROS CUADRADOS CON SETENTA CENTIMETROS CUADRADOS (91,70 Mts2) Y CINCO METROS CUADRADOS (5,00 Mts2) del área de balcón , compuesto de dos (2) habitaciones, una (1) principal con baño incluido y una (1) auxiliar, un (1) salón tipo estudio, un (1) baño, sala-comedor-cocina, lavandero y el uso exclusivo de dos (2) puestos de estacionamiento debidamente identificados y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: En Once Metros con Treinta Centímetros (11,30 Mts), así: En Ocho Metros con setenta centímetros (8,70 Mts) con la pared de la fachada norte del edificio, en Un Metro con .....