Seguidamente el juez expone: vista la admisión de los hechos por parte del acusado de autos, respecto de lo cual el ministerio público no hizo objeción alguna al otorgarse el derecho de palabra luego de la defensa y estar conforme con la forma de reparación de daño propuesta, este Tribunal Tercero de Control, habiendo el acusado procedido de manera voluntaria a admitir los hechos constitutivos de delito, previo compromiso de cumplir con las condiciones que se le impongan, ofreciendo reparar el daño, no habiendo objeción de las partes y no registrando antecedentes penales, declara CON LUGAR la solicitud de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, de conformidad con lo previsto en los artículos 42 y último aparte del 43 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo tanto se impone al acusado ARISTIDES JOSE CORONADO MEDINA, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.646.134, nacido en fecha 27/11/62, agricultor, residenciado en San Lorenzo sector la huelga, casa sin número municipio Monte.....