En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Control de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público y sanciona conforme al procedimiento por admisión de los hechos, al adolescentexxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx; a quien se les inicio investigación por la presunta comisión del delito de fuga, previsto en el artículo 258 del Código Penal, cometido en perjuicio del Estado Venezolano, a la medida de ORIENTACION VERBAL EDUCATIVA, consistente en explicarle al adolescente de manera clara y precisa que con su conducta trasgredió unas normas, buscando con ello que internalice y concientice que no puede proceder así, ya que dicha conducta genera responsabilidad penal y daño social. Dada la naturaleza de la sanción, .....