En atención a los fundamentos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, la defensa de fondo de falta de cualidad opuesta por la parte demandada.
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Arecelis Josefina Espinoza de Ramos, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.859.812, parte demandada, asistida del Abogado Carlos Enrique Meneses, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.874, contra la Sentencia Definitiva dictada en fecha 04 de Noviembre de 2015, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.-
TERCERO: CON LUGAR, la demanda por Intimación de .....