Es por ello que éste Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara inadmisible por extemporánea dicha solicitud presentada por la defensa y ratifica el auto de fecha 22-02-2006. Líbrense boletas de notificación a las partes. Así se decide. Cúmplase.-