Por todo lo antes expuesto este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión - Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta la Libertad inmediata del imputado: RAFAEL ARCANGEL JIMENEZ, venezolano, de 52 , portador de la cedula de identidad N° 5.614.501, en virtud de habérsele acordado Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal Se Acuerda: Instar al Ministerio Público para que se le practique Examen Médico Forense al imputado antes mencionado,. Se califica la Flagrancia y el procedimiento a aplicar es el Ordinario. Así mismo se acuerdan las copias simples de la presente acta.