Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN A LA CONCILIACIÓN POR OBLIGACION DE MANUTENCION suscrita y celebrada por los Ciudadanos: ARLENIS JOHANA SALMERON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.486.238, domiciliada en la Boca de Sabana, Calle la Isla, casa S/Nº Cumaná, Estado Sucre y HENRY JOSE HERNANDEZ VALDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.289.584, domiciliado en Urb. El Brasil Sur, Sector Divino Niño S/Nº, Cumaná Municipio Sucre del Estado Sucre, anteriormente identificados- Así se decide.-
Se acuerda oficiar al Gerente de la Entidad Bancaria Banco de Venezuela, solicitando la apertura de cuenta de ahorros.- Líbrese oficio.-
Se ordena el cierre de la causa y el archivo del Expediente.-