Por todos los Razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto este Tribunal primero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace ENTREGA del Vehiculo Clase: Camión; Marca: Chevrolet, Tipo: Chasis; Modelo: NPR/CHASIS, año 2007, color: Blanco. Serial de carrocería: 8ZCFNJ6Y97V371635, serial del Motor: 97V3371635, Placa: 98BNAH, Uso: Carga, en plena propiedad, a la empresa TRANSPACIF C.A, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, En relación con el articulo 10 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehiculo. Líbrese Oficio al Propietario u encargado del estacionamiento Franmil, ubicado en Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre. Cúmplase. Remítasa la presente causa en su oportunidad al archivo judicial.