este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta EL CESE DE LA SANCIÓN DE AMONESTACIÓN, impuesta al ciudadano xxxxxxxxxx, venezolano, natural de Cumaná, Estado Sucre, nacido en fecha xxxxxxxxxx, de profesión u oficio Estudiante, de estado civil soltero, Titular de la Cédula de Identidad N° V- xxxxxxxxx, hijo de xxxxxxxxxxxxx, residenciado en el xxxxxxxxxxxxxxxxxx; por la comisión del delito de ALTERACIÓN AL ORDEN PÚBLICO, previsto en el artículo 216 del Código Penal Vigente, en perjuicio de La Colectividad. Con fundamento en el literal “H” del artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente