ecreta la ADOPCIÓN PLENA de la niña: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, por los ciudadanos: TOMAS VALENTIN BRITO MACHADO y YAMILET GONZALEZ RANGEL