DECLARA COMO CURADOR AD-HOC, a la ciudadana DONAIDA DEL CARMEN ANDRADE MILANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-8.432.933, domiciliada en Urb. Los Rosales Sétima calle, casa 58, Cumana, Municipio Sucre del estado Sucre, para que represente al adolescente Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de catorce (14) años de edad