este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera pertinente y acuerda DECRETAR MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, al adolescente xxxxxxxxPor la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, Y así se declara. De conformidad con el artículo 582 literales "B" y "C" de la L.O.P.N.N.A., consistente en: presentaciones cada Veinte (20) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de éste Circuito Penal. Se otorga la libertad del imputado de autos, desde esta misma sala de audiencias, dejándose constancia que la misma se retira en buenas condiciones físicas. Se ordena la remisión de las actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, adjunto a oficio a a la unidad de alguacilazgo. Para que continúe la investigación conforme al procedimiento ordinario. La presente deci.....