Este Tribunal Primero de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley: RESUELVE: PRIMERO: Se admite totalmente la acusación fiscal conforme a lo establecido en el artículo 578, literal “a”, en relación con el artículo 579, literales “a” y “e”, de la ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente y se ordena el Enjuiciamiento del adolescente OMISSIS; por estimarlo, presuntamente, incurso en la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto en el articulo 406 del Código Penal Vigente y ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 Ejusdem, en grado de co- autor en perjuicio del ciudadano PEDRO JOSE MALAVE. SEGUNDO: Se Decreta Prisión Preventiva como medida cautelar, conforme a lo previsto en el artículo 579, literal “g.....