DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos antes expuestos, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO DE PRIMERA INSTANCIA DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara con lugar la solicitud de la defensa, y DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, POR PRESCRIPCIÓN del delito de INVASION , previsto y sancionado en el articulo 471-A del Código Penal, conforme dispone el artículo 49 numeral 7° del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia y de acuerdo a lo establecido en el artículo 300 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de los acusados JAVIER ANGEL CANACHE CANACHE , venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-22.630.319 de 22 años de edad , de estado civil soltero, nacido en Cumana, Estado Sucre, en fecha 19/01/1993.....