En consecuencia, este Órgano Jurisdiccional de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte HOMOLOGACIÓN al COVENIMIENTO celebrado entre las partes. Asimismo, se ordena expedir dos (02) copias certificadas de ella, del auto que acuerde las copias certificadas solicitadas y del que le imparta la homologación.