este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Marítimo y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: Inadmisible la tacha de instrumento público propuesta por el ciudadano CASTO DOMINGO VILLEGAS, portador de la cédula de identidad Nº V- 3.761.794, representado judicialmente por la abogada en ejercicio ELINOR BOADA RIVAS, inscrita en el Instituto de previsión Social del Abogado bajo el Nº 45.647, en el juicio a través del cual se ventila la pretensión de NULIDAD DE DOCUMENTO, que sigue en su contra la ciudadana JUANA DEL CARMEN FERRER, portadora de la cédula de identidad Nº V-8.979.382, representada judicialmente por el abogado en ejercicio LUIS RAMON GONZALEZ RIVAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 27.444. Así se decide.