El Tribunal visto lo expuesto y solicitado por la parte actora declara judicial y preventivamente embargados los bienes anteriormente identificados y a los fines del avalúo de los mismos designa como Perito Avaluador al ciudadano: Víctor Julio Jiménez González, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 4.300.726; quien estando presente acepta el cargo, presta juramento de ley y expone: Los bienes embargados se encuentran en regular estado y es por lo que les asigno un avalúo aproximado de tres mil bolívares fuertes (BsF. 3.000,00), es todo.-