Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sede Carúpano, Impartiendo Justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EL DECAIMIENTO DEL INTERES Y EN CONSECUENCIA SE DECLARA EXTINGUIDA LA ACCION Y EL PROCEDIMIENTO, que por PRESTACIONES SOCIALES, han intentado la ciudadana: CARMEN LUCILA PIÑANGO en contra de las empresas mercantiles TIENDA PETROFF XIII C.A. y/o CORPORACION PETROF C.A., Déjese copia certificada de la presente decisión y se ordene la remisión del presente expediente al archivo judicial.
Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Carúpano a los Tres (03) días del mes de Octubre del año Dos Mil Catorce (2014). Año 204º de la Independencia y 155° de la Federación.
LA JUEZ TITULAR,
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