Por los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara con lugar el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, solicitado por la Defensora Pública, con la anuencia de la Representante del Ministerio Público, a favor del adolescente xxxxxxxxxxxx, a quien se le inicio investigación por la presunta comisión en un delito contra las personas (Homicidio), cometido en perjuicio del ciudadano JOSÉ ANTONIO ARENAS (OCCISO); conforme a lo pautado en el artículo 561 literal "D" de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con los artículos 48 ordinal 1º y 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Notifíquese a las .....