El Tribunal, visto lo anterior y como quiera que no hubo reconciliación entre los cónyuges en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la CONVERSION en DIVORCIO de la SEPARACION DE CUERPOS. En tal sentido DECLARA DISUELTO El VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos: RONALD GREGORIO LAREZ y YACNELYS MARÍA NAVARRO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-14.062.284 y V-16.702.277 respectivamente, en fecha veintidós (22) de Julio del año Mil Novecientos Noventa y Nueve (1999), por ante la Prefectura de la Parroquia Valentín Valiente, Municipio Sucre, del Estado Sucre, en los términos indicados en la solicitud por mutuo consentimiento, y así se decide.