Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Administrando Justicia en Nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR EL DERECHO DE VISITA solicitado por el ciudadano LUIS MANUEL MARCANO TINEO, contra la ciudadana MARIA ALEJANDRA OSUNA FERNANDEZ, plenamente identificados en el encabezamiento de la presente decisión, a favor del niño, y acuerda el siguiente DERECHO DE VISITAS: El padre podrá visitar a su hijo los días martes y Jueves de 5:00 a 9:00 p.m., los fines de semana alternados, día del padre con el padre y de la madre con la madre, los cumpleaños, navidad, año nuevo, vacaciones, carnavales, semana santa alternados, de conformidad con los Artículos, 8, 27, 385 y 389 de la LOPNA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Jugado de Protección del Niño y del adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, en Carúpano, a los tres días del mes de Agos.....