Por las razones expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de este Circuito y Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de los apoderados de la parte actora de que el Tribunal dicte auto para mejor proveer en la presente causa.