Por cuanto, está plenamente probado en autos, que en la presente causa operó la perención de la instancia, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio intentado por INVERSIONES LUPAFRADI, C.A., contra la firma personal BALGOBIN MOTORES PARA TODO, por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO del galpón, distinguido con el N° 05, en la Avenida Las Industrias de la Zona Industrial San Luís, en jurisdicción de la Parroquia Altagracia, Municipio Sucre del Estado Sucre y DAÑOS PERJUICIOS.