Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO por "ABANDONO VOLUNTARIO", fundamentado en el artículo 185 causal 2° del Código Civil que intentara la ciudadana SORAYA DEL VALLE SILVIO GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 9.000.532 y domiciliada en la urb. Los Tejados, calle 3, casa n° 167, Cumana, Estado Sucre en contra del ciudadano HAROLD JOSE URRIOLA VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 10.466.983 y domiciliado en el callejón San José, casa n°5, Cumana, Estado Sucre en consecuencia se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL