DISPOSITIVA:
este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley PRIMERO: DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano VICTOR JOSE SUNIAGA GUILARTE, por la presunta comisión del delito de VIOLACION EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el articulo 374, en relación con el artículo 80 ambos del Código Penal, en perjuicio del menor OMISIS, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, numerales 1º, 2º y 3º; 251, numeral 2º, 3º y 252, numeral 2°, todos del Código Orgánico Procesal Penal. En virtud que estamos en presencia de un hecho punible que merece pena privativa de libertad, cuya acción penal no se encuentra prescrita, existiendo fundados elementos de convicción para estimar que es el autor del hecho que se investiga, existiendo fundados elementos de convicción como se evidencia de las a.....