Visto el escrito de fecha 28 de mayo del año en curso, presentado por el abg. JOSÉ LINO BENAVIDES LAREZ, en su carácter de defensor privado de la imputada ONARYS ELENA VASQUEZ; cursante a los folios 141 al 149 y 151 al 152 de la presente causa; mediante el cual solicita "REVISIÓN DE MEDIDA y se sustituya la Privación Judicial Preventiva de Libertad y en su lugar otorgue una medida humanitaria menos gravosa, como puede ser detención domiciliaria en su propio hogar, de conformidad con el artículo 256 ordinal 1° del código Orgánico Procesal Pena"; este tribunal Cuarto de Control Penal antes de decidir conforme a lo establecido en el artículo 264 ejusdem; ordena una evaluación medico forense psiquiátrico a la imputada de autos ONARYS ELENA VASQUEZ y determine su verdadero estado de salud actual; por lo que se acuerda oficiar al Jefe de la Medicatura Forense a los fines de la realización del examen medico forense psiquiátrico a la imputada de autos y oficio al comandante del IAPES.....