ACUERDA la solicitud Fiscal y en consecuencia adopta las siguientes PRIMERO: VISITAS DOMICILIARIAS Y RECORRIDOS POLÍCIALES PERMANENTE A CARGO DE FUNCIONARIOS DE LA POLICÍA DEL ESTADO SUCRE, para la ciudadana YOHANA CARREÑO DÍAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.762.073, y su grupo familiar; en su residencia ubicada la Urb. Bebedero, Calle Periférica, Casa S/N, casa de esquina cerca del caño. Cumaná Estado Sucre, SEGUNDO: las VISITAS DOMICILIARIAS Y RECORRIDO POLÍCIAL PERMANENTE acordados tendrá una duración de 6 meses los cuales podrán ser prorrogados a solicitud del Fiscal Superior del Ministerio Público. TERCERO: Imponer de la presente decisión mediante oficio al ciudadano Director del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, indicándole el contenido del artículo 5 del Código Orgánico Procesal Penal, relativo a la obligación de colaboración de otras autoridades para con los jueces y Tribunales a los fines que tramite lo conducente a los e.....